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EMITIÓ EL IEPCGRO AVISO PARA QUE FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE ASPIREN A UNA CANDIDATURA SE SEPAREN DEL CARGO

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 Chilpancingo, Gro., 24 de febrero de 2021.- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO) desarrolló su Segunda Sesión Ordinaria, de forma virtual, en la que emitió el aviso dirigido a funcionarias y funcionarios públicos que pretendan participar como candidatas o candidatos en el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021, en el que señala que la fecha límite para separarse del cargo es el 07 de marzo del 2021, la cual corresponde a 90 días antes de la jornada electoral.

 Durante esta sesión, también se emitió el aviso que señala que, durante el periodo de las campañas electorales, es decir del 5 de marzo al 2 de junio del 2021, los entes públicos suspendan las campañas publicitarias en medios impresos, digitales, radio y televisión de todo lo relativo a los programas y acciones de los cuales sean responsables y cuya difusión no sea necesaria o de utilidad pública inmediata, quedando exentas de lo anterior, las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

 En el desarrollo de esta sesión ordinaria se aprobó el acuerdo por el que se establece el número de sindicaturas y regidurías que habrán de integrar los Ayuntamientos de los municipios del Estado de Guerrero, para el periodo constitucional comprendido del 30 de septiembre del 2021 al 29 de septiembre del 2024, tomando como base los datos del Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, estos datos estarán disponibles para su consulta en la página web www.iepcgro.mx

De la misma manera, se aprobó el acuerdo por el que se determinó que el tope de gastos de campaña para la elección de Gubernatura del Estado es la cantidad de $35,325,422.16 (treinta y cinco millones, trescientos veinticinco mil, cuatrocientos veintidós pesos 16/100 M.N.), cifra que se obtuvo considerando el factor porcentual fijado para efectos del financiamiento público, a que se refiere el artículo 132 inciso a) fracción I, de esta Ley, también el número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral en toda la entidad federativa con corte al 31 de octubre del año anterior al de la elección; y la duración de la campaña.

 Para determinar el tope de gastos de campaña para la elección de Diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa se consideraron variables por cada distrito electoral, tales como el área geográfica salarial, densidad poblacional y condiciones geográficas, entre otros elementos referidos en las fracciones II y III del artículo 279 de la LIPEEG.

Para la elección de Ayuntamientos, además de los elementos señalados para el cálculo del tope de gastos de la elección de Gubernatura del Estado, se tomarán en cuenta las bases fijadas por el Consejo General, conforme a las variables utilizadas para determinar el tope de gastos de campaña para la elección de Diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa. Los topes de gastos de campaña de Diputaciones Locales MR y Ayuntamientos pueden ser consultados también en la página web www.iepcgro.mx

 De igual manera se aprobó el acuerdo por el que se acumulan y se da respuesta a los escritos presentados por Luis Enrique Farías Vázquez, Ricardo del Carmen Gallardo, Alan Esteban Figueroa Jaimes y Gandy Salvador Pacheco Cabañas en la que se les informó de las diversas acciones afirmativas que este instituto electoral ha implementado, en cumplimiento a diversas disposiciones normativas relacionadas con el registro paritario de candidaturas en materia de igualdad de género, de personas indígenas y afromexicanas, así como para la integración paritaria en los órganos de representación política, así como del establecimiento de los Lineamientos de precampañas electorales que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y precandidaturas que los Institutos Políticos en sus procesos internos de selección y postulación de candidaturas a los diversos cargos de elección popular, a fin de garantizar que los derechos políticos de las personas indígenas, jóvenes, personas con discapacidad, personas de la diversidad sexual y otros sectores en situación de vulnerabilidad, conforme a los Estatutos de su partido.

 Por otra parte, se aprobó el acuerdo por el que se dio respuesta a la solicitud presentada por Alberto Serna Mogollón, en su calidad de Presidente de la Asociación de Homosexuales y Lesbianas del Estado de Guerrero A. C., precisando que la determinación contenida en el expediente SUP-RAP-121/2020, ordenó al Consejo General del INE para que, de inmediato, lleve a cabo las acciones necesarias y pertinentes para implementar medidas afirmativas que garanticen el acceso de las personas con discapacidad , además, los partidos políticos o las coaliciones podrán postular candidaturas que cultural y socialmente pertenezcan a más de un grupo en situación de vulnerabilidad, en el Proceso Electoral Federal 2020-2021, y que el Acuerdo INE/CG18/2021 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que en acatamiento a la sentencia referida, no surte efectos o vincula a los organismos públicos locales para su observancia, vigilancia y cumplimiento. Asimismo, se informó de las acciones afirmativas en el registro de candidaturas, para las personas indígenas y afromexicanas, así como para la integración paritaria en los órganos de representación política.

 Durante esta sesión ordinaria se aprobó el Programa de Trabajo relativo a la reposición del procedimiento de las medidas preparatorias, específicamente en la instalación y funcionamiento de los módulos receptores de opinión en el municipio de Tecoanapa, Guerrero, en cumplimiento a la sentencia TEE/JEC/001/2020 y acumulados del Tribunal Electoral del Estado. El citado Programa de trabajo identifica aquellas que son de gabinete o que no requieren del acercamiento social; de aquellas consideradas de campo, que por su naturaleza requieren del acercamiento social que puede propiciar la concentración o aglomeración de personas en determinados lugares y espacios. Lo anterior, a efecto de advertir el riesgo o posibilidad de que las actividades de campo propicien o generen un foco de contagios de la enfermedad ocasionada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19).

 Otro de los acuerdos aprobados durante esta sesión pública virtual fue el que da respuesta a la solicitud presentada por autoridades civiles, agrarias y ciudadanía del municipio de Ayutla de los Libres, Guerrero, que se ostentan como integrantes de la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero, mediante la cual se informó que la postulación de personas que se autoadscriban como indígenas, para este proceso electoral 2020-2021, debe realizarse por algunas de las vías establecidas, particularmente, en el caso de la diputación del Distrito XIV, observando lo establecido en el capítulo I y II del Título Tercero, denominado De las reglas para el registro de candidaturas indígenas y afromexicanas, así como capítulo VI del Título Séptimo de los Lineamientos para el Registro de candidaturas.

 El Consejo General aprobó también la modificación al Convenio de Candidatura Común para la Gubernatura del Estado, presentada por los Partidos Políticos Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática para el actual Proceso Electoral, sobre las clausulas Décima Novena, correspondiente al financiamiento de gastos de campaña que aportará cada Partido Político para el desarrollo de la campaña de la candidatura a la Gubernatura del Estado, y Vigésima Primera, correspondiente al tiempo de prerrogativas de Radio y Televisión que le corresponden a cada Partido Político.

 Finalmente se aprobó el acuerdo mediante el cual se determinó el cumplimiento del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para el registro de la candidatura independiente del Ciudadano Edgar Eduardo Campuzano Romero, aspirante a la Presidencia Municipal de Taxco de Alarcón y los acuerdos mediante los cuales se determinó el incumplimiento del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para el registro de las candidaturas independientes de Uriel Joacim Zagal Maganda, aspirante al cargo de Diputación Local por el principio de mayoría relativa, correspondiente al Distrito Electoral 21 con sede en Taxco de Alarcón, de Ricardo Jiménez Villalva, aspirante al cargo de Diputación Local por el principio de mayoría relativa, correspondiente al Distrito Electoral 03, con sede en Acapulco de Juárez, así como de cinco aspirantes a una candidatura independiente para integrar los ayuntamientos de Acapulco de Juárez, Chilpancingo de los Bravo y Tlapa de Comonfort, Guerrero.

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Emitió el IEPCGRO convocatoria para organizaciones ciudadanas interesadas en constituirse como partidos políticos locales

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Redacción

Chilpancingo, Gro., 03 de diciembre de 2021.- Esta mañana, mediante acuerdo, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO), aprobó la emisión de la Convocatoria dirigida a las organizaciones ciudadanas interesadas en constituirse como partido político local en el estado de Guerrero, así como los formatos a utilizarse en el procedimiento de constitución y registro de los mismos, en el marco de la Quincuagésima Sesión Extraordinaria. Con esto se busca proteger el derecho de asociación para que la ciudadanía guerrerense pueda formar parte de manera pacífica en los asuntos políticos de la entidad.

La convocatoria señala que la organización ciudadana que pretenda constituirse como partido político local, deberá presentar su manifestación de intención dirigida a la Presidencia del Consejo General del IEPC Guerrero, dentro del periodo comprendido del 1 al 31 de enero del año 2022; recibida la manifestación de intención, así como la documentación correspondiente, la Secretaría Ejecutiva verificará dentro de las 24 horas siguientes, que se encuentre integrada conforme a lo señalado.

Asimismo, la convocatoria indica que la organización ciudadana, deberá contar con afiliadas y afiliados en, cuando menos, dos terceras partes de los municipios o distritos de la entidad, los cuales deberán contar con credencial para votar vigente, y bajo ninguna circunstancia, el número total de afiliaciones en la entidad podrá ser inferior al 0.26% del padrón electoral utilizado en el Proceso Electoral Local 2020-2021; es decir, deberá contar con al menos 6,677 afiliaciones en la Entidad. Deberá también acreditar la realización de asambleas municipales o distritales, según corresponda, así como una asamblea local constitutiva. En caso de ser municipales, deberá realizar 54 asambleas y, en caso de ser Distritales, deberá llevar a cabo 18 asambleas. La celebración de estas asambleas deberá llevarse a cabo a partir de la aprobación de la manifestación de intención y hasta el 31 de diciembre del año 2022.

Una vez culminados los actos relativos al procedimiento de constitución de un partido político local, la organización ciudadana interesada, presentará ante este Instituto Electoral, dentro del período comprendido del 1 al 31 de enero del año 2023; mientras que el registro de los partidos políticos surtirá efectos constitutivos a partir del primer día del mes de julio del año 2023.

Los formatos que deberá observar y atender la ciudadanía interesada en la creación de partidos políticos locales son el de manifestación de intención que deberán presentar a la Presidencia de este Instituto Electoral, las organizaciones ciudadanas interesadas en constituir un partido político local, formato de afiliación para la constitución de partido político local que utilizarán las organizaciones ciudadanas bajo el régimen de excepción en los municipios considerados de alta marginación y el formato de solicitud de registro de partido político local, que deberán presentar a la Presidencia de este Instituto Electoral, las organizaciones ciudadanas.

Asimismo, como anexo de este acuerdo, forman parte los datos relativos al número de ciudadanas y ciudadanos que representan el 0.26% del padrón electoral utilizado en el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021, por Municipio, también los datos relativos al número de ciudadanas y ciudadanos que representan el 0.26% del padrón electoral utilizado en el pasado Proceso Electoral Ordinario, por Distrito Electoral Local y el listado de Municipios considerados de alta marginación, en los que aplicará el régimen de excepción para las afiliaciones.

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Recibe Constancia de Mayoría como alcalde electo de Iliatenco el petista, Eric Sandro Leal Cantú, por segunda vez

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Eric Sandro Leal Cantú muestra la constancia a sus seguidores en la salida del Consejo

Carmen González Benicio

Tlapa de Comonfort. 1 de diciembre 2021. Los integrantes del Consejo Distrital 28 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) con sede en Tlapa entregaron la constancia de mayoría al candidato del Partido del Trabajo (PT) a la alcaldía de Iliatenco, Eric Sandro Leal Cantú, tras la realización del cómputo distrital.

Además de declarar la validez de la elección y la elegibilidad del participante en la elección extraordinaria del pasado 28 de noviembre en que ganó la alcaldía con 499 votos en relación al segundo lugar de Movimiento Ciudadano y su candidata, Ruperta Nicolás Hilario, quien buscaba la reelección.

La sesión inició a las 8:00 de la mañana con la instalación del Consejo, uno de los puntos fue el cómputo en el cual se cotejaron 10 paquetes y se abrieron a recuento cuatro de las secciones 2787 básica y contigua 1, de la localidad de Aserradero y la 1713 básica y contigua 1, de la cabecera municipal.

El cotejo y el conteo en la clasificación de votos transcurrió sin cuestionamientos de los representantes de partidos políticos y sin cambios sustanciales por lo que se confirmaron los 499 votos de diferencia de los resultados preliminares; uno de los cambios en la cifra fue en la sección 2787 contigua donde un voto del PRI pasó al PVEM. Y una boleta estaba en otro de los paquetes abiertos de la 1713.  Los casos fueron porque la suma de los votos no coincidía y el número de votos nulos era mayor que la diferencia entre el primero y segundo lugar

De esta manera, como a las 12 del día se tuvieron los resultados finales en donde la planilla del PT y el candidato, Eric Sandro Leal Cantú ganó con 2 mil 664 votos y quedó en segundo lugar, Movimiento Ciudadano y la candidata Ruperta Nicolás Hilario con 2 mil 165.

El tercer sitio para la candidata de la candidatura común del Partido Verde-Morena, Eugenia Pacheco Cantú, con 272 votos (en la suma de los votos del Verde 22; morena 248 y la común 2); el cuarto para la candidata del PRI, Sofía Simón Rojas, que obtuvo 9 votos, y el último lugar fue la candidata del PAN, Florina Simón Cantú con 8 votos.

La participación en Iliatenco fue de 5 mil 118 votos lo que fue el 73.11 por ciento de la población y 79 nulos.

Al confirmarse los datos se procedió a la asignación de regidurías en donde el PT se quedó con tres; MC con dos y Morena con una.

Por lo que el ayuntamiento de Iliatenco quedó integrado: como alcalde Eric Sandro Leal Cantú y su suplente, Felipe Claudio Sánchez; la sindicatura para Eugenia Cantú Cantú y en la suplencia, Sandra Ramos Tomás.

 Los regidores del Partido del Trabajo, Celso Reyes Damián, Máxima Martínez Cantú y Jesús Bello Brun; de Movimiento Ciudadano, Rutina Díaz Mejía y Apolonio Martínez Dolores y de Morena, Alicia Cantú Valdez.

El me´phaa Eric Sandro Leal, la síndica y los regidores electos llegaron como al medio día a la sede del Consejo y fue a la una de la tarde en que el presidente del Consejo Distrital 28, Julio César Saldívar Gómez les entregó la constancia de mayoría.

Afuera esperaba un numeroso grupo de militantes de su municipio, quienes remarcaron que refrendaron el triunfo que le dieron en la elección ordinaria del 6 de junio, en que ganó con 53 votos y nuevamente en la extraordinaria, aunque, ahora de manera contundente para que “ya no sigan peleando”.

Además de comentar que no estaban en contra de que una mujer gobernara, porque ya habían tenido dos mujeres presidentas, Eugenia Cantú y Ruperta Nicolás Hilario, que buscaba reelegirse. Y la presidenta del Concejo municipal provisional de Iliatenco también era mujer, Crisantema Reyes Reyes. Lo que no compartían era la reelección.

Afuera del Consejo Distrital, Leal Cantú llamó a la reconciliación en el municipio y adelantó que buscara reunirse con las candidatas participantes para impulsar el desarrollo de Iliatenco que tiene diversidad de productos que deben promoverse como el café, la miel como detonantes de la economía.

Los representantes del partido MC no dijeron si la candidata, Ruperta Nicolás Hilario impugnará los resultados, pero de acuerdo a los procedimientos legales tiene cuatro días para hacerlo, a partir de la entrega de la constancia de mayoría.

En el consejo dijeron que Leal Cantú cumplía con la elegibilidad luego de revisar la documentación sin meterse a más detalles.

Tanto, el presidente electo, Eric Sandro Leal Cantú como la síndica Eugenia Cantú enfrentan un proceso legal por señalamientos de violencia política en razón de género contra Ruperta Nicolás Hilario, en donde, en primera instancia el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero los sancionó con una multa económica y la inscripción en el Registro Local de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Esta sanción fue impugnada por los candidatos del PT y no se tiene fecha definida de la resolución en que habrán de notificar a la autoridad correspondiente y a los interesados.

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Concluye el CDE 28 del IEPCGRO el cómputo distrital y entrega constancias de mayoría a las personas ganadoras en Iliatenco

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Chilpancingo, Gro., 01 de diciembre de 2021.- Hoy, el Consejo Distrital Electoral 28 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO) con sede en Tlapa de Comonfort, llevó a cabo el cómputo distrital de la elección del Ayuntamiento de Iliatenco, Guerrero. Simultáneamente, el Consejo General de este organismo se instaló en sesión permanente para dar seguimiento a dicha actividad como parte de la tercera etapa del Proceso Electoral Extraordinario, denominada, de resultados y declaración de validez de las elecciones.

Es importante señalar que 4 paquetes electorales fueron objeto de recuento por el citado órgano distrital. Los relativos a las casillas 1713 Básica 1, 1713 Contigua 1 y 2787 Contigua 1, debido a que la suma de los votos no coincide; mientras que en la 2787 Básica 1, porque el número de votos nulos es mayor que la diferencia entre el primero y segundo lugar.

Como resultado de los cómputos se obtuvo que el  triunfo fue para el candidato del Partido del Trabajo (PT), Eric Sandro Leal Cantú quien obtuvo 2,664  votos; asimismo, la candidata del Partido Acción Nacional (PAN), Florina Simón Cantú obtuvo 8 votos; la candidata del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Sofía Simón Rojas, 9 votos; la candidata del Partido Movimiento Ciudadano (MC), Ruperta Nicolás Hilario, obtuvo 2,165; mientras que la candidata de Morena, Eugenia Pacheco Cantú, obtuvo 272 votos. Además, se emitieron 5,118 votos válidos y 79 votos nulos, de lo que se obtiene un total de 5,197 votos, lo que representa un 73.1148% de participación ciudadana.

Finalmente, una vez realizada la asignación de regidurías, el Ayuntamiento quedó conformado de la siguiente manera: Eric Sandro Leal Cantú como Presidente Propietario; Felipe Claudio Sánchez como Presidente Suplente, Eugenia Cantú Cantú como Síndica Propietaria, Sandra  Ramos  Tomás como Síndica Suplente.

Celso Reyes Damián como Primer Regidor Propietario, Ma. del Carmen Antonio Bello como Primera Regidora Suplente, Máxima Martínez Cantú como Segunda Regidora Propietaria y Juana Ramos Santiago como Segunda Regidora Suplente, Jesús Bello Bruno Como Tercer Regidor Propietario e Inocencio Cantú Bruno como Tercer Regidor Suplente, Rufina Díaz Mejía como Cuarta Regidora Propietaria y Petronila de Jesús Ortega como Cuarta Regidora Suplente, Apolonio Martínez Dolores como Quinto Regidor Propietario y Pastor Santillán Cantú como Quinto Regidor Suplente; mientras que la Sexta Regidora Propietaria es Alicia Cantú Valdez y Armida Guzmán Encarnación ocupa la Sexta Regiduría Suplente.

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